Las elecciones presidenciales en Colombia son este domingo 31 de mayo, cuando se espera elegir al sucesor del actual mandatario nacional, Gustavo Petro.
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En tal sentido, el Ministerio de Interior colombiano ha ordenado el cierre temporal de sus fronteras terrestres y fluviales. La medida sería necesaria «para la conservación del orden público» en la primera vuelta de las elecciones presidenciales.
Según el Decreto 0188 de 2026 emitido por el referido ente, esta restricción comenzará a aplicarse desde las 6:00 pm del sábado 30 de mayo y se mantendrá vigente hasta las 6:00 am del lunes 1 de junio.
El documento establece que se deben incluir controles migratorios en los puestos terrestres y fluviales fronterizos. Así mismo, se exceptúan de la restricción «los tránsitos que deban realizarse por razones de caso fortuito o fuerza mayor».
Esta medida afectará especialmente a los departamentos fronterizos con Venezuela, entre ellos Norte de Santander, La Guajira, Arauca, Vichada y Guainía, donde se reforzarán los controles migratorios y se limitará el tránsito en los pasos habilitados.
El cierre de fronteras también abarca Ecuador, Perú y Brasil.
ELECCIONES PRESIDENCIALES EN COLOMBIA: SEGURIDAD
El Ministerio de Interior alegó que el objetivo de estas acciones es evitar posibles alteraciones o interferencias durante las elecciones presidenciales en Colmbia. Al tiempo que buscan garantizar la seguridad y el desarrollo normal en la jornada de votación.
Colombia celebrará la primera vuelta de la elección presidencial el próximo domingo 31 de mayo. Para estos comicios se prevé que más de 170 mil colombianos que residen en Venezuela podrán votar, quienes, recientemente, afirmaron que hay que «cuidar la democracia» en ese país.
Durante un encuentro realizado en Caracas, los colombianos se reunieron para debatir sobre los problemas que enfrenta su país de origen y la necesidad de que la representación consular en Venezuela sea más efectiva.
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Los asistentes señalaron que, aunque son atendidos en el Consulado en Caracas, falta más personal en esa sede y que se deben abrir las demás oficinas que estaban establecidas antes de la ruptura de relaciones entre ambos países en el año 2019.
En 2022, Bogotá y Caracas restablecieron relaciones y desde entonces solo están operativos formalmente los consulados de Caracas, San Cristóbal, San Antonio y Maracaibo.
Los colombianos escogerán al sucesor del presidente Gustavo Petro para el período que comienza el 7 de agosto de este año y termina el 7 de agosto de 2030.
13 CANDIDATOS PRESIDENCIALES
Un total de 13 candidatos se encuentran participando en estos comicios. Si ninguno de los candidatos logra el 50 % de los votos en los comicios, habrá una segunda vuelta el próximo 21 de junio.
De acuerdo con la encuesta del Centro Nacional de Consultoría para la revista Cambio, Iván Cepeda y Abelardo De la Espriella encabezan el favoritismo entre los votantes, mientras Paloma Valencia ocupa el tercer lugar.
En el contexto electoral, la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes de Colombia inició una investigación penal de oficio contra el actual mandatario Gustavo Petro por una presunta «intervención en política».
PETRO INVESTIGADO POR «INTERVENCIÓN POLÍTICA»
La decisión, firmada por la presidenta del órgano, Gloria Elena Arizabaleta, se fundamenta en las «últimas declaraciones y publicaciones en redes sociales» hechas por el mandatario en relación con el proceso electoral.
El expediente se abre en un contexto de creciente polémica por la actividad del jefe de Estado en la red social X, donde recientemente compartió un video del cierre de campaña del candidato del Pacto Histórico, Iván Cepeda, acompañado de mensajes interpretados como respaldo político.
En esa publicación, Petro hizo referencia a la movilización de simpatizantes del aspirante oficialista durante el acto en Barranquilla, lo que generó nuevas críticas de sectores de oposición.
En la comunicación enviada al secretario de la Comisión, Jairo Fabián Corzo Ordóñez, se indica que la actuación se sustenta en el artículo 422 del Código Penal colombiano, que tipifica el delito de intervención en política, así como en las facultades previstas en la Ley 600 de 2000 y la Ley Quinta de 1992.
La legislación colombiana prohíbe a los funcionarios públicos participar en actividades políticas o intervenir en controversias electorales, con excepción del ejercicio del voto.
