Todo lo que debes saber sobre el IGTF, aplicable al pago en divisas

Todo lo que debes saber sobre el IGTF, aplicable al pago en divisas

Apreciados lectores, espero que esta información les sea de utilidad y orientación sobre el llamado Impuestos a Grandes Transacciones Financieras (IGTF), que implementó el Gobierno de Nicolás Maduro.

¿QUIENES CANCELARÁN ESTE IMPUESTO?

Todos los consumidores que utilicen dólares en efectivo para hacer sus compras en negocios que el Seniat haya identificado como “sujeto pasivo especial” o contribuyentes especiales; tales como Unicasa, Central Madeirense, Automercado Plaza’s, Gama, Hiper Líder, Garzón, Farmatodo, Locatel, Ferreterías EPA, Arturo’s, KFC, Pizza Hut, Mc Donald’s, Traki y Daka.

Estos comercios de ahora en adelante deberán cobrar a sus clientes un monto de 3% adicional correspondiente al impuesto a los pagos con divisas. Pero, los contribuyentes especiales no son solo las grandes empresas ya que el Seniat etiquetó a pequeños comercios; como panaderías, farmacias, perfumerías, licorerías, zapaterías, ventas de ropa y restaurantes en distintas regiones del país; así como también, a médicos, contadores y comunicadores sociales.

¿CUÁNTO IMPUESTO SE TIENE QUE PAGAR?

La legislación del IGTF estableció que la alícuota es de 3% para el monto pagado en divisas. Esto supone que al momento de utilizar dólares, euros, pesos colombianos o reales brasileños en efectivo; para realizar compras en estos comercios con distinción especial del Seniat, sus propietarios están obligados a cobrarles a sus clientes este nuevo impuesto.

Por ejemplo, si una persona hace una compra de 100 dólares en el supermercado y elige cancelar solo con dólares en efectivo; tiene que sumar otros 3 dólares a su cuenta por causa del IGTF.

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Si por el contrario, usted paga con una tarjeta de débito asociada a las cuentas nacionales en dólares o con una tarjeta internacional Visa o Mastercard; entonces el comercio no deberá cobrarle este 3%.

¿HAY UN MONTO MÍNIMO PARA EL PAGO DE IMPUESTOS?

No. A pesar que el impuesto lleva el nombre de “Grandes Transacciones”, los comercios están obligados a cobrar el tributo al recibir los dólares en efectivo, aunque solo se utilice un billete de 1 o de 5 dólares para completar el pago.

Tampoco hay una medida de exoneración de productos como ocurre con el Impuesto al Valor Agregado (IVA). En otras palabras, el pago del IGTF se hace en el supermercado sin importar que se compren solo alimentos básicos.

¿QUÉ PASA CON LOS PAGOS MIXTOS CON DÓLARES EN EFECTIVO Y BOLÍVARES?

Cuando una persona pague su compra, una parte con dólares en efectivo y otra parte en bolívares, solo tendrá que pagar el impuesto correspondiente a la fracción de las divisas. Ejemplo, una compra de 60 dólares en el supermercado y decide pagar con un billete de 50 dólares y el restante con bolívares; solo tendrá que cancelar un monto del 3% (1,5 dólares), por concepto de IGTF.

¿SE EXCLUYE EL MONTO DEL IVA?

No. En las charlas que los funcionarios del Seniat empezaron a realizar a los representantes de las empresas, explicaron que el IGTF se trata de un impuesto aparte que pecha al monto total pagado en divisas.

En consecuencia, la base imponible a usar para el cálculo del nuevo impuesto a los pagos con divisas se determina es por el monto cancelado directamente con dólares en efectivo, esto incluye el precio original del producto y también el 16% del IVA.

¿LA FACTURA DEBE REGISTRAR EL PAGO EN DIVISAS?

Sin importar si se hacen en una máquina fiscal o si son hechas a mano en formatos autorizados por el Seniat, estas facturas tienen que reportar el concepto del IGTF y la alícuota cobrada del 3% sobre el monto cancelado con dólares en efectivo.

¿LA BANCA TAMBIÉN COBRARÁ ESTE IMPUESTO?

A las personas naturales y las empresas que están catalogadas como contribuyentes especiales, la banca está obligada a cobrarles el 3% del IGTF de forma automática de sus cuentas nacionales en dólares y también de las cuentas custodias.

Este cobro aplica tanto al momento de realizar una transferencia en dólares a otro cliente en el mismo banco, como al momento de hacer un retiro de efectivo en la taquilla bancaria. Al final, se trata de dos operaciones que generan un débito y que se convierten en un hecho imponible de este nuevo IGTF para las divisas.

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