Desde el Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria y Aduanera (Seniat) indicaron que los pagos realizados con Zelle, PayPal, Reserve; y similares deben pagar el Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (IGTF).
El gerente general de Servicios Jurídicos del Seniat, Carlos Ernesto Padrón Rocca; hizo la aclaratoria a través de un documento, que circula en las redes sociales.
«El numeral 6 del artículo 3 de la Ley del IGTF establece que el hecho generador del tributo es la cancelación de deudas efectuadas sin mediación del sistema financiero; por el pago u otro medio de extinción, realizada por los sujetos pasivos del impuesto», expuso el gerente.
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Este pronunciamiento obedece a la consulta directa de Edwuard Rafael Sucre Guzmán, gerente de fiscalización de la autoridad tributaria, en función de resolver una de las dudas más comunes; que se plantean alrededor de la reforma del Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (IGTF); que impone un gravamen de 3% a los pagos con moneda extranjera y criptoactivos distintos al petro.
Además, el director jurídico del Seniat señala la definición de base imponible; como la «magnitud susceptible de una expresión cuantitativa definida por la Ley que mide alguna dimensión económica del hecho imponible y que debe aplicarse a cada caso en concreto a los efectos de la liquidación del impuesto…»; de la cual destaca que la base imponible debe estar definida en la Ley y la cuantificación del hecho imponible.
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